La AEPD multa por usar reconocimiento facial
2 mayo, 2023
La Agencia Española de Protección de Dtos (AEPD) ha impuesto una sanción de 20.000 euros a la empresa alicantina Albero Forte Composite, SL. ¿El motivo? Tomar fotografías de sus empleados para usarlas en un sistema de reconocimiento facial. Todo esto para controlar el acceso y la jornada laboral de sus empleados.
¿Cómo ha sucedido?
La sanción fue impuesta porque la empresa no obtuvo el debido consentimiento de sus trabajadores. Según la resolución de la AEPD, la compañía hizo firmar un documento a los empleados en el que solo se especificaba que se pedía un consentimiento por derechos de imagen. Y que estos podrían ser utilizados y difundidos para la publicación en su página web, redes sociales, campañas, revistas, folletos, publicidad corporativa y demás materiales de apoyo necesarios para la difusión y promoción de la empresa.
La empresa argumentó que por ley está obligada a implementar un sistema de registro de jornada laboral y que dicha implementación no requiere el consentimiento del trabajador en su contestación a la AEPD.
La resolución de la AEPD:
La AEPD recuerda que el uso de reconocimiento facial para el control de horario es intrusivo para los derechos y libertades fundamentales de las personas. Por lo que, se requiere una evaluación de impacto y la comunicación al comité de empresa. La empresa reconoció su responsabilidad y pagó la sanción. Obtuvo una reducción por pago voluntario y pronto pago, quedando finalmente en 12.000 euros.