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¿Cómo están aplicando las empresas la reducción laboral de 37,5h?
9 octubre, 2024
Las idas y venidas en las negociaciones sobre la reducción de la jornada laboral han generado incertidumbre entre las empresas debido a su impacto en los costes laborales y la productividad. Muchas compañías ya están considerando que esta reducción debe compensarse con otras «concesiones» a sus empleados, lo que podría traducirse en la eliminación total del teletrabajo.
Durante el último año, los despachos de abogados han recibido un incremento en las consultas sobre las implicaciones de combinar la reducción de la jornada laboral con el teletrabajo. Si las empresas se ven obligadas a equilibrar las nuevas demandas de una jornada más corta con las condiciones actuales del trabajo remoto, muchos empleadores consideran que la mejor solución es suprimir este último.
Este es un aspecto que no se ha abordado en las tensas negociaciones entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos (CCOO y UGT), y las organizaciones empresariales (CEOE y Cepyme). Ninguno de los actores parece estar dispuesto a reabrir un debate que consideran cerrado desde la Ley de trabajo a distancia de 2021, la cual reguló temas clave como los derechos de los trabajadores y la responsabilidad de las empresas de cubrir los costos de equipos, herramientas y otros recursos necesarios para realizar el trabajo.
La normativa solo se aplica al «trabajo a distancia regular», definido como aquel que se realiza durante al menos un 30% de la jornada laboral en un período de tres meses.
¿En qué estado se encuentra el teletrabajo?
El teletrabajo ha tenido fluctuaciones en España. Tras alcanzar un máximo del 17% de asalariados trabajando en remoto en 2020, cayó al 9% en el tercer trimestre de 2022, según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). Sin embargo, ha mostrado una recuperación, llegando al 12% en el segundo trimestre de 2023, el nivel más alto desde 2021, y casi triplicando el 4,2% de 2009.
Esta recuperación se ha debido principalmente a los trabajadores que teletrabajan de forma ocasional, que aumentaron del 3,9% al 5,9%, mientras que quienes lo hacen más de la mitad de su jornada pasaron del 5,2% al 6,2%.
A pesar de esta evolución hacia un modelo híbrido, España sigue por debajo de la media europea en cuanto a teletrabajo. En comparación con el 19,8% de la media de la UE, el 21,7% en Alemania, el 29,8% en Francia y el 41,7% en Países Bajos, el país aún tiene un camino por recorrer.
La **Encuesta de uso de TIC y Comercio Electrónico** del INE ofrece otra perspectiva: indica que el 34,2% de las empresas con más de 10 empleados y el 17,4% de las más pequeñas permiten teletrabajar. Sin embargo, solo el 18,92% de los trabajadores lo hace, con una media de 2,41 días a la semana.
¿En qué sectores se incluye más?
El teletrabajo varía significativamente entre sectores. En hostelería, solo el 20,97% de las empresas y el 8,6% de los trabajadores optan por esta modalidad, mientras que en el sector de la información y comunicaciones, los porcentajes son mucho más altos, con un 87% de empresas y un 67% de empleados trabajando en remoto. Las discrepancias entre las cifras de la EPA y las encuestas empresariales reflejan la volatilidad de la aplicación del teletrabajo en el día a día.
¿Por qué las empresas incluyen el teletrabajo?
Según varios abogados laborales, muchas empresas no consideran el teletrabajo una necesidad estructural o productiva, sino más bien una concesión a los trabajadores para facilitar la conciliación. En este contexto, el teletrabajo sería redundante si se combina con una reducción de la jornada laboral, especialmente en casos extremos, como la semana laboral de cuatro días. Para algunos empleadores, esto podría significar, en la práctica, la pérdida de dos días de trabajo efectivo.