Meta deberá cesar el procesamiento de datos personales para publicidad
3 noviembre, 2023
La Junta Europea de Protección de Datos (EDPB), comunicó a Meta que a partir del próximo miércoles 8 de noviembre, deberá cesar el procesamiento de datos personales de los usuarios de sus redes sociales con el fin de utilizarlos en publicidad personalizada. Esta medida se fundamenta en la afirmación de que las redes sociales bajo la gestión de la empresa no cumplen con las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
La decisión se tomó de manera «urgente» según el comunicado oficial de la EDPB. El 27 de octubre, la Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC), el principal organismo regulador de Meta en la Unión Europea, ya que la empresa tiene su sede europea en Dublín, emitió una resolución «urgente y vinculante».
Esta resolución instruyó a la Autoridad de Protección de Datos de Irlanda (DPA), en su calidad de autoridad supervisora principal, a tomar medidas finales respecto a Meta Ireland Limited (Meta IE) y a imponer una prohibición del procesamiento de datos personales para publicidad dirigida en todo el Espacio Económico Europeo (EEE). La solicitud para esta acción provino de la Autoridad Noruega de Protección de Datos (NO DPA).
En este contexto, el presidente de la EDPB, Anu Talus, afirmó que «Meta no ha demostrado estar en conformidad con las órdenes emitidas a finales del año anterior. Es hora de que Meta ajuste su proceso de tratamiento y ponga fin al procesamiento ilegal».
A principios de este año, Meta fue sancionada con una multa de 390 millones de euros por la DCP debido a diversas irregularidades detectadas en sus dos plataformas de redes sociales.
La causa de esta sanción radicaba en la acusación del organismo regulador de que la empresa de Mark Zuckerberg había solicitado de manera ilegal el permiso de los usuarios que utilizaban sus redes sociales para utilizar sus datos en la personalización de la publicidad. El argumento principal señalaba que los usuarios de Facebook, Instagram y WhatsApp se veían obligados a otorgar su consentimiento para la cesión de datos mediante la firma de un acuerdo, sin el cual no podían utilizar dichas redes sociales. La empresa no estaba autorizada a imponer este consentimiento de forma coercitiva.
En mayo de ese mismo año, la multa se incrementó significativamente a 1.200 millones de euros, nuevamente por infringir las normativas de protección de datos. Esta sanción se derivó de una investigación llevada a cabo por la Autoridad Irlandesa de Protección de Datos, la cual recibió la aprobación de la EDPB (Junta Europea de Protección de Datos). Hasta la fecha, esta sanción representa la multa más alta impuesta en materia de protección de datos por la Unión Europea.
Finalmente, en septiembre de 2022, Instagram también recibió una sanción debido a su manejo inadecuado de los datos de niños y adolescentes, conllevando una multa de 475 millones de euros.
